Pólizas sin reclamar

Y es que  los reclamos por cobrar una póliza como beneficiarios tienen un eco en común: desde  2006,     el Sistema de Información sobre Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida (SIAB-Vida) fue creado por acuerdo mancomunado entre la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) y la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS).
En la actualidad,  una amplia gama de servicios financieros relacionados con hipotecas, créditos al consumo, automotriz, a veces hasta en el recibo del teléfono va incluido una póliza por seguro de vida.
La cuestión es que todos los días, minuto a minuto, alguien está adquiriendo un servicio o firmando un contrato para una hipoteca o un crédito de otra especie y ni siquiera repara en que, de entre las cláusulas pequeñitas, muy en lo escondido aparece un seguro de vida que la empresa añade en el  pago correspondiente del adeudo contraído por el cliente.
Muchos ejecutivos no explican a los clientes de tales beneficios y muchos clientes nunca preguntan si el crédito, el servicio o la nómina de la empresa incluyen un seguro de vida.
Otras personas lo saben pero no se toman la molestia de solicitar una copia de la póliza, conocer la cobertura, restricciones y sobre todo pensar en que deben señalar el nombre del o los beneficiarios.
Además de incluirlos, como debe ser, con  nombre completo y apellidos tal y como figuran en las respectivas actas de nacimiento para evitarles problemas jurídicos porque deberán contratar a un abogado para realizar la aclaración y gestión debido a que el nombre no fue anotado correctamente, otro  punto relevante es dar aviso al o los potenciales beneficiarios de que han sido considerados dentro de una póliza de seguro de vida, en cuyo caso deberán saber el monto de cobertura y la empresa donde está contratado.
Hay muchas omisiones, parecería que únicamente sucede en México el que la gente muera y los familiares o los amigos del finado ignoren  la existencia de una póliza por cobrar, lo que finalmente queda en las arcas de las aseguradoras.
No obstante, esta práctica pasa en todos los países donde seguro no reclamado, seguro  no pagado. Así de fácil y ventajoso para las propias aseguradoras.
Tal circunstancia motivó en México el surgimiento del SIAB-Vida por un convenio de buena voluntad para compartir información entre la AMIS con la Condusef.
Cabe destacar que muy poca gente sabe del funcionamiento del SIAB-Vida, no  ha tenido una gran difusión, estoy segura que habrá personas con algún familiar finado que ignoran ser beneficiarios de una póliza de vida y que tienen a su alcance un servicio gratuito al que pueden acudir para averiguar primero, si hay un seguro; segundo, si es para ellos.
A COLACIÓN
Espero que perciba usted, amigo lector, la importancia fundamental de ser cautos y ordenados en todo lo que engloba derechos y obligaciones frente a terceros.
El desorden respecto a la situación con las aseguradoras es más agudo en las cuentas con los bancos: las personas mueren y nadie de la familia reclama el ahorro. El resultado es un beneficio para la tesorería del banco o de algún vival ejecutivo de la institución.
Tras la implementación del SIAB-Vida,  la Condusef paralizó los esfuerzos para lograr que junto con la Asociación de Banqueros de México (ABM) funcionara  un padrón de información de las cuentas de ahorro, pagarés y otros depósitos que llevan tiempo sin movilidad alguna, ni reclamación.
Empero, no se hizo nada al respecto. Más bien sucedió que en febrero de 2008 entraron en vigor cambios al Artículo 61 de la Ley de Instituciones de Crédito que indican entre otras cosas, que los ahorros y depósitos de las personas en las instituciones de crédito que por más de tres años permanezcan sin movilidad alguna, ni reclamación, pasarán directamente a pertenecer a la Beneficencia Pública.
El meollo es que miles de ahorradores ni se enteraron, gente que tiene una cuenta sin movilidad alguna bien porque era cuenta nómina o cuenta de ahorros y dejaron de ingresarle dinero.
O bien cuentas de personas-familiares fallecidos que nunca tuvieron la preocupación de informarle  a su esposa-esposa, madre o padre; acerca de su cuenta bancaria y que hoy en día es propiedad absoluta de la institución de crédito.

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