SAT y declaración 2005

Por la espiral
Claudia Luna Palencia

-SAT y declaración 2005
-¿Por internet o ventanilla?
-Factura electrónica avanza

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) está dispuesto a brindar todas las facilidades posibles para que tanto las personas morales como físicas acudan en tiempo y forma a cumplir con su declaración anual 2005 e incluso, en caso de arrastrar declaraciones pendientes, puedan ponerse al corriente con los menores recargos posibles.
 La meta del SAT es la de abatir los anteriores niveles de evasión fiscal, los que revelan que, cada año, en promedio, el Gobierno Federal registra en total una evasión fiscal de 135 mil millones de pesos –90% por concepto de IVA y el resto por ISR.
Así es que el brazo recaudador de la Secretaría de Hacienda tiene todas las intenciones para que la gente se acerque “por las buenas” a realizar la declaración anual 2005, con un  plazo de vencimiento del 31 de marzo, para las personas morales;  y del 30 de abril para las personas físicas. Después enviarán los requerimientos pertinentes con las sanciones correspondientes.
¿Pero cuáles son las facilidades para la declaración que tanto promociona el SAT? A continuación  las comentamos para que ustedes las tengan en cuenta, las valoren para ahorrarse tiempo, filas innecesarias y disgustos. Es bueno que Hacienda elabore diversas herramientas para invitar a la gente a declarar. No obstante, no se debe olvidar que seguimos aguardando por una simplificación fiscal. Ya se nos fue otro sexenio.
1) Para las personas físicas que opten o deban  presentar su declaración por internet el SAT pone a su disposición la versión 2006 del Programa DeclaraSAT (para descarga o en línea) que es una ayuda de cómputo que se puede obtener en la página www.sat.gob.mx, o en los módulos de asistencia del SAT, el cual contiene la captura de datos con cálculo automático de impuestos. El contribuyente captura sus datos, tanto personales, como numéricos, y el programa realiza el cálculo de los impuestos, efectúa el llenado de la declaración y genera un archivo para enviarlo por internet y para imprimirlo. Otro esquema es la captura de datos sin cálculo automático de impuestos, contiene las mismas ventajas que el anterior con excepción del cálculo de impuestos, por lo que en este caso previamente se realiza dicho cálculo.
 2) Para las personas morales, éstas  deben obtener e instalar en su equipo de cómputo el programa electrónico DEM versión 2006, también disponible en: www.sat.gob.mx.
 3) La Firma Electrónica Avanzada (tu firm@) o Clave de Identificación Electrónica Confidencial (CIEC), esta última se puede generar en el portal de internet antes citado.
 De antemano, la declaración por internet la pueden aprovechar  las personas con actividades empresariales con ingresos el año anterior superiores a un millón 750 mil pesos; las personas dependientes de ingresos por actividades distintas a las empresariales por ejemplo: por prestar servicios profesionales o rentar bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior fueron superiores a trescientos mil pesos; las personas que el año anterior obtuvieron ingresos por salarios y algún otro concepto y la suma dio un total mayor a trescientos mil pesos. En estos casos la herramienta a utilizar es el programa electrónico DeclaraSAT.
  Para la declaración en ventanilla bancaria deberán acudir las personas con actividades empresariales: comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, sílvícolas y de autotransporte, cuando sus ingresos en el año anterior fueron de hasta  un millón 750 mil pesos; para las personas que prestaron  servicios profesionales independientes (por honorarios) o dependientes de la renta de uno o varios bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior fueron de hasta trescientos mil pesos; quienes obtuvieron ingresos por sueldos y salarios exclusivamente o por  sueldos y salarios, y que además percibieron cualquier otro concepto como honorarios, renta de inmuebles, entre otros, y la suma de todos sus ingresos no excedieron de trescientos mil pesos.
 En este caso deberán utilizar las hojas oficiales impresas como el formato fiscal 13 “declaración del ejercicio de personas físicas” y el anexo que les corresponda; forma fiscal 13-A “declaración del ejercicio de personas físicas, sueldos, salarios y conceptos asimilados” y su anexo 1 “retenciones de pagos efectuados por terceros y deducciones personales”.
 Si se trata de principiantes fiscales es mejor acercarse directamente a cualquier módulo de asesoría del SAT, el servicio de los contadores es gratuito.
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Agradezco sus comentarios a: claulunpalencia@yahoo.com

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